El Tribunal Superior de Bogotá anuló la condena contra Carlos Mattos por el caso de corrupción Hyundai, debido a que la Fiscalía deberá determinar la totalidad del incremento patrimonial del acusado y advertirle que solo tendrá rebajas si reintegra la totalidad del incremento patrimonial.
“Tan aberrante resulta lo ocurrido, que tal como lo afirmó el delegado del Ministerio Público, ni siquiera se realizó un acto de investigación con el fin de establecer si el procesado obtuvo o no un incremento en su patrimonio como consecuencia de los ilícitos, impidiendo que la sociedad, en este caso representada por la Rama Judicial, recibiera la compensación por el daño causado”, dijo el magistrado de la Sala Penal, Alberto Poveda.
Cabe mencionar que, la condena, dictada el 9 de mayo por un juez penal del circuito de Bogotá, había sido impuesta después de que Mattos aceptara voluntariamente los cargos antes de que comenzara el juicio, donde había sido condenado a pagar una multa por 701 salarios mínimos mensuales legales vigentes y había quedado inhabilitado para ejercer funciones públicas durante 96 meses, según lo indicado por la Fiscalía.
Tras esto, el proceso vuelve al juzgado 30 de conocimiento para que la Fiscalía informe el monto total del que se benefició Carlos Mattos y solo tendrá derecho a la rebaja si reintegra esa cantidad.
“De ello se sigue que Carlos Mattos pudo haber obtenido un incremento patrimonial como consecuencia de la medida cautelar decretada por el juez corrupto, porque así mantuvo la exclusividad en la comercialización de los vehículos de la casa automotriz Hyundai (…) La Sala comparte el criterio expresado por el delegado del Ministerio Público cuando señaló que no basta que el delegado de la FGN o la defensa del procesado manifiesten que no existe evidencia de un incremento patrimonial producto de los ilícitos, sin que el órgano investigador haya realizado algún acto investigativo con esa finalidad”.