Corte Suprema de Justicia establece que las deudas durante el matrimonio son responsabilidad compartida

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Corte Suprema de Justicia establece que las deudas durante el matrimonio son responsabilidad compartida
La decisión se basa en una ley de 1932 y supone un importante avance en la protección de los derechos financieros en Colombia.

La Corte Suprema de Justicia decretó en una sentencia reciente que las deudas contraídas durante un matrimonio deben ser consideradas como responsabilidad compartida y no individual de cada miembro de la pareja. Esta medida se basa en una ley de 1932 que establecía que las responsabilidades adquiridas durante el matrimonio debían ser administradas de manera individual, pero que fue modificada por los legisladores en 1974 y 1992.

La Corte Suprema de Justicia aseguró que desconocer el régimen de comunidad de bienes en cuanto a su conformación es inaceptable, y que la administración de las deudas durante el matrimonio debe ser compartida, a menos que se acredite que la deuda no benefició a la sociedad o familia.

Esta decisión se produjo en el marco de un caso de divorcio en el que una pareja había dividido sus activos, pero había establecido que los pasivos serían responsabilidad individual. La Corte Suprema de Justicia decidió que las deudas por impuestos prediales y pago de impuestos de una camioneta comprada antes de la separación debían ser incluidas en la lista de activos y pasivos de la pareja.

Es importante destacar que la sentencia también establece que la decisión sobre cómo se deben manejar las deudas durante un matrimonio será adoptada por el juez del caso durante la audiencia de partición.

Esta medida representa un gran avance en la protección de los derechos y obligaciones financieras de los miembros de una pareja en Colombia, y es un importante precedente en la jurisprudencia del país.

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