Corte Constitucional dio a conocer la desconexión laboral como un derecho

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Corte Constitucional dio a conocer la desconexión laboral como un derecho
Sala Plena de la Corte Constitucional determinó que la desconexión laboral que fue aprobada por el Congreso, es un derecho humano de todos los trabajadores, por lo que también aplica a servidores públicos que ocupen cargos directivos, de confianza y de manejo.

Esta decisión se da tras la demanda que se resolvió contra la ley 2191 de 2022, donde no se incluía a los trabajadores públicos de dirección, confianza y manejo. Dentro de las garantías laborales en este apartado de la Corte, se afianzo que el descanso es parte fundamental de la vida laboral.

La Corte afirmó que, «si bien los trabajadores de dirección, confianza y manejo no se encuentran sometidos a la jornada laboral ordinaria o máxima legal, esto no los excluye de la regulación sobre desconexión”.

Se recomendó tener en cuenta y atender los criterios de los trabajadores y sus labores de acuerdo a la ley, sin que “afecte el contenido mínimo del derecho fundamental del descanso”, que hace parte de su jornada laboral.

Con ponencia de la magistrada Diana Fajardo, dijo que «el descanso no es solo reposo, sino un espacio autónomo, libre, en el que las personas deciden qué hacer o no, con el tiempo de su vida fuera de la actividad laboral. Esta consideración además es inmanente al propio concepto de dignidad humana, de vivir bien y como se quiere».