Las bebidas sin alcohol no estarán sujetas al impuesto de consumo

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Las bebidas sin alcohol no estarán sujetas al impuesto de consumo
La resolución del Consejo de Estado significa que las cervezas sin alcohol estarán exentas de este impuesto.

El Consejo de Estado de Colombia ha resuelto que las bebidas sin alcohol no estarán sujetas al impuesto de consumo.

Esta decisión fue tomada por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado en respuesta a una demanda presentada por un ciudadano que argumentaba que la cerveza sin alcohol no debería estar sujeta a este impuesto ya que no tiene efectos embriagantes.

El Consejo de Estado estuvo de acuerdo con esta posición, señalando que el impuesto de consumo se aplica a productos que pueden causar efectos negativos en la salud o generar adicción, y que la cerveza sin alcohol no cumple con estas características.

Los magistrados del Consejo de Estado señalaron que la ley de 1995 hace referencia a un producto diferente al de la «cerveza sin alcohol» debido a su composición y graduación alcohólica distinta. Además, indicaron que, según el decreto de 2012, las bebidas que contienen menos de 2.5 grados de alcohol no se consideran cerveza, sino alimentos.

En resumen, la resolución del Consejo de Estado significa que las cervezas sin alcohol estarán exentas de este impuesto, lo que podría tener un impacto positivo en los consumidores y en la industria cervecera en general.

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