¡OJO! Estos son los únicos carros que podrán circular en Montería durante el Día de la Movilidad

Compartir:
¡OJO! Estos son los únicos carros que podrán circular en Montería durante el Día de la Movilidad
¡OJO! Estos son los únicos carros que podrán circular en Montería durante el Día de la Movilidad

Montería se prepara para su primer Día de la Movilidad Sostenible del 2024, programado para este jueves 1 de febrero. Bajo el decreto N° 072 de 2024, la Alcaldía de Montería lidera una jornada en la que, desde las 7:30 a. m. hasta las 4:30 p. m., se prohíbe de manera obligatoria y permanente la circulación de vehículos automotores que utilicen combustibles fósiles y contaminantes, incluyendo carros oficiales, motocicletas, motocarros y motociclos de cualquier configuración o cilindraje en el área urbana.

Esta iniciativa tiene como objetivo fomentar la movilidad sostenible y reducir la huella ambiental. En consonancia con estas medidas, se estima que 177 busetas para transporte público colectivo y 1.200 vehículos tipo taxi continuarán brindando servicios de transporte público durante el evento. No obstante, se espera que al menos 87.413 vehículos particulares matriculados en Montería se sumen al esfuerzo, dejando de circular durante el día establecido.

Las autoridades de Policía de Tránsito estarán vigilantes para garantizar el cumplimiento de estas medidas, y el incumplimiento será sancionado con medidas correctivas y sancionatorias.

Excepciones:

  • Vehículos destinados al servicio público de transporte de pasajeros individual y colectivo.
  • Carrozas fúnebres.
  • Vehículos de carga, destinados al transporte de animales.
  • Vehículos que presten el servicio de transporte escolar, debidamente matriculados, registrados y autorizados.
  • Vehículos plenamente identificados, de empresas legalmente constituidas, que transporten alimentos y bebidas.
  • Vehículos de reparto de correos de empresas públicas y privadas.
  • Vehículos de transporte de valores.
  • Vehículos destinados al transporte de residuos biológicos.
  • Vehículos de transporte de combustible.
  • Vehículos de transporte especializados de carga, identificados plenamente con el logo de la respectiva empresa.
  • Vehículos operativos plenamente identificados de las empresas de servicios públicos domiciliarios.
  • Vehículos destinados al control del tráfico y de las grúas al servicio de la Secretaría de Tránsito y Transporte de Montería.
  • Vehículos de uso y de propiedad exclusiva de los organismos de inteligencia, defensa y seguridad del Estado; como lo son el CTI, UNP, SIJIN, Ejército Nacional, Policía Nacional y demás Fuerzas Armadas del país.
  • Las ambulancias y vehículos de atención de emergencias (Cruz Roja, Bomberos, Defensa Civil), así como de cualquier tipo de emisiones médicas, debidamente constituidas y acreditadas, que se encuentren en cumplimiento de sus labores.
  • Las bicicletas asistidas o bicicletas con pedaleo asistido.
  • Vehículos de motor 100% eléctrico y a combustión de hidrógeno.
  • Vehículos particulares, en casos comprobados de fuerza mayor.